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Votar contra los glaciares: cuando el agua del futuro se sacrifica por “negocios” del presente

Votar contra los glaciares: cuando el agua del futuro se sacrifica por “negocios” del presente

La posible modificación de la Ley de Glaciares pone en riesgo reservas estratégicas de agua en beneficio de proyectos mineros. El Congreso enfrenta una decisión histórica que tendrá responsables políticos claros.


La posible derogación o profunda modificación de la Ley de Glaciares 26.639 representa no solo un cambio normativo: pone en cuestión la soberanía hídrica, la protección de ecosistemas únicos y el derecho de las generaciones futuras a un ambiente sano.

Riesgos ambientales y sociales

1. Agua como recurso estratégico, no como variable de mercado
Los glaciares y ambientes periglaciales constituyen reservas de agua dulce estratégicas para toda Argentina, especialmente para regiones áridas o semiáridas que dependen de la nieve y el hielo para sostener sus ríos y sistemas hídricos durante sequías prolongadas. Su protección no debe verse como un obstáculo económico, sino como una garantía de supervivencia ecológica y social.

2. No existe recuperación una vez destruido
Una vez que un glaciar es alterado, contaminado o destruido por actividades industriales (como minería), no existe forma de recuperarlo naturalmente. La degradación es irreversible. Cambiar criterios para permitir actividades mineras cercanas o sobre ambientes periglaciares implica un riesgo permanente para el agua y el equilibrio ecológico.

3. Agua vs. lucro a corto plazo
La inclusión de modificaciones que facilitan inversiones mineras sin asegurar salvaguardas ambientales robustas puede favorecer intereses económicos puntuales a costa del bienestar colectivo y de generaciones futuras. El desarrollo económico debe armonizarse con la preservación de bienes comunes que sostienen la vida.

4. Principio constitucional y protección ambiental mínima
La Constitución Argentina y acuerdos como el de Escazú reconocen la necesidad de presupuestos mínimos ambientales para proteger recursos naturales críticos. Reducir esos estándares bajo el argumento de incentivos económicos debilita un pilar fundamental de la legislación ambiental y puede sentar precedentes negativos para otras leyes de protección.

La Ley de Glaciares no es una barrera ideológica ni un obstáculo abstracto: es una herramienta legal construida sobre evidencia científica para proteger el agua, la biodiversidad y el ambiente en zonas de alta montaña. Ceder ante presiones económicas para modificarla sin garantías sólidas de protección real equivale a poner en riesgo no solo un recurso finito, sino la seguridad hídrica y ecológica de millones de personas.

La discusión en el Congreso — prevista para febrero de 2026 — debería considerar no solo la lógica del desarrollo económico, sino la obligación ética y jurídica de resguardar el patrimonio ambiental de toda la nación.

Debate actual: ¿Qué propone el proyecto de modificación?

El Gobierno nacional, bajo la presidencia de Javier Milei, envió al Congreso un proyecto para reformar la Ley de Glaciares y fue dictaminado para su tratamiento en sesiones extraordinarias y luego en febrero de 2026.

Según comunicados oficiales:

🔹 Se plantea redefinir los criterios técnicos de protección de glaciares para centrarse en aquellos que cumplen función hídrica efectiva, lo que puede dejar fuera otras formaciones actualmente protegidas.
🔹 Busca “fortalecer” el rol de las autoridades provinciales en la evaluación de impacto ambiental y articularlas con el Inventario Nacional de Glaciares.
🔹 El Gobierno sostiene que se trata de ordenar y clarificar el marco legal para reducir supuesta “incertidumbre jurídica” que frena inversiones, especialmente en minería de cobre y litio.

Sin embargo, organizaciones ambientalistas, científicos y sectores sociales (gente pensante y con responsablilidad y compromiso social) advierten que esta modificación reduce la protección existente y pone en riesgo reservas de agua esenciales y ecosistemas sensibles.


¿Qué es la Ley de Glaciares (Ley 26.639)?

La Ley 26.639, oficialmente llamada “Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial”, fue sancionada en 2010 con el objetivo de proteger los glaciares y su entorno como reservas estratégicas de agua dulce, fuentes científicas y recursos ecológicos de enorme valor para Argentina.

Aspectos centrales de la ley original:

Protección del agua — reconoce a los glaciares como reservas hídricas claves para consumo humano, riego, recarga de cuencas y mantenimiento de ecosistemas.
Ambiente periglacial — incluye en la protección no solo el hielo, sino los suelos y formaciones alrededor que regulan el flujo de agua.
Prohibiciones claras — quedan prohibidas actividades que puedan afectar su condición natural, incluyendo exploración y explotación minera, liberación de contaminantes, instalación de industrias o infraestructura que altere la zona.
Inventario Nacional de Glaciares — obliga a monitorear y registrar los glaciares para protegerlos con criterios científicos, a cargo del IANIGLA.

La ley funciona como un régimen de “presupuestos mínimos ambientales”: implica que ninguna jurisdicción puede bajar de ese estándar protector, y que cualquier norma provincial o nacional debe respetar esos mínimos para garantizar un ambiente sano (Art. 41 de la Constitución Argentina).


 

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