Justicia Federal cita a funcionarios por la extracción ilegal de arena en Entre Ríos
Se los acusa de incumplimiento de deberes, falsedad ideológica y omisión de control en torno a la extracción y lavado de arena silícea en Ibicuy y Gualeguaychú, utilizada en el fracking de Vaca Muerta.
La denuncia penal del ingeniero Carlos Cadoppi Frigerio, patrocinado por el abogado Ricardo Luciano, -nuestro entrevistado en esta oportunidad- derivó en la convocatoria judicial de cuatro altos funcionarios provinciales y municipales. Se los acusa de incumplimiento de deberes, falsedad ideológica y omisión de control en torno a la extracción y lavado de arena silícea en Ibicuy y Gualeguaychú, utilizada en el fracking de Vaca Muerta.
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La polémica por la extracción de arena silícea en el sur entrerriano —materia prima esencial para el fracking en el yacimiento neuquino de Vaca Muerta— acaba de ingresar en una etapa decisiva.
El Juzgado Federal de Gualeguaychú, a cargo del juez Hernán Viri, resolvió citar a declaración indagatoria a cuatro funcionarios de peso del gobierno provincial y del municipio de Ibicuy, en el marco de la causa caratulada como Cadoppi Frigerio, Carlos Humberto s/ Denuncia penal por incumplimiento de deberes, falsedad ideológica y omisión de control.
La resolución judicial, fechada el 3 de octubre de 2025, —a la que accedió FM del Este— convoca al intendente de Ibicuy, Ezequiel Maneiro; a la secretaria de Ambiente, Rosa Hojman; al secretario de Minería, Ricardo Iturriza; y al ministro de Desarrollo Productivo, Guillermo Bernaudo, para que comparezcan ante el magistrado y brinden su versión de los hechos.
CamScanner-21-10-2025-17.40Esta resolución, fechada 3 de octubre de 2025, dispone la citación a declaración indagatoria de los funcionarios:
- Ezequiel Maneiro (intendente de Ibicuy),
- Rosa Hojman (Secretaría de Ambiente de Entre Ríos),
- Ricardo Iturriza (Secretaría de Minería),
- Guillermo Bernaudo (Ministro de Desarrollo Productivo).
La medida corona tres años de reclamos, denuncias y presentaciones judiciales impulsadas por el ingeniero Carlos H. Cadoppi, con el patrocinio del abogado Ricardo José Luciano, quienes desde 2022 vienen advirtiendo sobre un esquema de falta de controles, permisos irregulares y violación de sentencias judiciales que ordenaban suspender la actividad arenera hasta la realización de estudios ambientales acumulativos.
El origen: fallos que no se cumplieron
La historia judicial se remonta a mayo de 2022, cuando la jueza Valentina Ramírez Amable ordenó —tras un amparo ambiental— suspender las habilitaciones y renovaciones de canteras y plantas de lavado de arena en Islas del Ibicuy y Gualeguaychú, hasta tanto se completara un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que evaluara los efectos acumulativos de la extracción sobre el ecosistema de humedales.
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El fallo fue ratificado meses después por la Cámara y el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, que dio 45 días de plazo al entonces gobernador Gustavo Bordet para disponer medidas concretas de control.
Sin embargo, según consta en los expedientes y en las declaraciones del abogado Luciano, las extracciones continuaron e incluso se otorgaron nuevos certificados de aptitud ambiental (CAA), pese a las prohibiciones judiciales vigentes.
“La Secretaría de Ambiente tenía pleno conocimiento de la situación. En los propios expedientes administrativos están las intimaciones, los vencimientos y las actas donde se reconocen las irregularidades”, sostuvo Luciano en diálogo con FM del Este.
Amparos, clausuras y advertencias
A lo largo de 2023 y 2024, Luciano presentó sucesivos amparos y denuncias administrativas que derivaron en clausuras temporarias de algunas areneras y plantas de lavado.
Entre ellas, mencionó a la firma Cristamine, que —según la denuncia— recibió un CAA en 2024 a pesar de que la justicia había ordenado previamente la suspensión de toda actividad hasta realizar el EIA. (Estudio de Impacto Ambiental)
“Es un caso paradigmático de falsedad ideológica: se firmaron certificados de habilitación que contradicen sentencias firmes. Hay pruebas documentales en cada expediente”, afirmó el letrado.
También señaló que los controles sobre el traslado y comercialización de la arena eran prácticamente inexistentes: “Los camiones circulan sin guías o con guías electrónicas autocompletadas, sin sellos, sin trazabilidad ni control cruzado. Las plantas lavan y descargan en lagunas sin tratamiento. Y mientras tanto, el Estado mira para otro lado”.
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La denuncia penal y la causa federal
Ante la falta de respuesta administrativa, en octubre de 2024 Luciano presentó formalmente una denuncia penal en sede provincial.
Tras la excusación de la fiscal local, la causa fue remitida a la órbita federal y recayó en el Juzgado Federal de Gualeguaychú, donde se acumularon más de mil fojas de documentación: copias de expedientes administrativos, fallos judiciales, actas de inspección y material fotográfico que ilustran el impacto ambiental de la actividad.
El denunciante, Cadoppi Frigerio, sostuvo que los funcionarios habrían omitido sus deberes de control y permitido la continuidad de una actividad irregular que vulnera leyes provinciales y nacionales de protección ambiental.
Entre los delitos imputados figuran incumplimiento de los deberes de funcionario público (art. 248 del Código Penal), falsedad ideológica (art. 293) y omisión de control o inspección (art. 45, en concurso con los anteriores).
La resolución del 3 de octubre de 2025
El documento judicial firmado por el juez Hernán Viri establece que, a partir de las pruebas reunidas, existen “indicios serios y concordantes” de posibles conductas delictivas y ordena la citación a declaración indagatoria de los cuatro funcionarios involucrados.
El acta fija fechas de audiencia para fines de octubre y primeros días de noviembre, y dispone además la notificación formal al Ministerio Público Fiscal y la preservación de la documentación obrante en los expedientes administrativos de Ambiente y Minería.
En los fundamentos, el magistrado subraya la “reiterada omisión de cumplimiento de órdenes judiciales previas”, la “persistencia de habilitaciones otorgadas sin sustento técnico suficiente” y la “falta de auditoría sobre el destino y volumen de arena extraída en las zonas de Ibicuy y Gualeguaychú”.
Un caso que trasciende Entre Ríos
La investigación tiene además derivaciones económicas y políticas de alcance nacional.
La arena silícea entrerriana es considerada estratégica para la industria del fracking en Vaca Muerta, por su calidad y proximidad geográfica.
Según estimaciones citadas por el abogado Luciano, más de cinco millones de toneladas mensuales habrían salido de la provincia durante los últimos años, muchas veces sin trazabilidad ni controles fiscales adecuados.
Desde 2023, varias publicaciones periodísticas advirtieron sobre un “saqueo de recursos naturales”, la venta en negro de arena y posibles maniobras de defraudación por parte de directivos de empresas del sector.
Lo que viene
Con la convocatoria a indagatoria, la causa entra en una fase clave: si el juez considera que las explicaciones de los funcionarios no despejan las sospechas, podría dictar el procesamiento de los imputados y avanzar hacia una instrucción formal con pedidos de prueba complementaria y eventuales pericias ambientales.
Mientras tanto, el abogado Luciano adelantó que solicitará nuevas medidas: inspecciones oculares, relevamiento de impacto hídrico y auditorías sobre los convenios firmados por la provincia con universidades nacionales.

“La justicia federal está empezando a mirar lo que durante años fue una zona liberada. No se trata solo de arena: hablamos de soberanía ambiental, de transparencia y del derecho de las comunidades a vivir en un ambiente sano”, concluyó el letrado.
Recursos y notas sobre la extracción de arena — compilado
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| Artículo | Medio | Tipo |
|---|---|---|
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