Lucas González: Dejaron en libertad al acusado de abusar de dos niñas de 4 y 6 años

El juez Mauricio Derudi, integrante del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú, revocó una decisión del titular del Juzgado de Garantías de Nogoyá, Gustavo Acosta, que había resuelto el 29 de junio prorrogar la prisión preventiva de César Cépeda y el acusado quedó en libertad. Sin embargo, le impusieron una serie de restricciones.

Cabe recordar que los familiares del hombre lo llevaron a Tribunales, acusado de haber abusado de dos niñas, de 4 y 6 años, en la ciudad de Lucas González (departamento Nogoyá). 

Cepeda venía cumpliendo arresto domiciliario desde el viernes 3 de julio de 2020. Incluso llegó a estar detenido en la Jefatura Departamental de Policía de Nogoyá, medida que también fue revocada por el juez Derudi.

La apertura de la investigación se produjo tras la presentación de una denuncia penal por parte de los padres de una niña, MLS y AN. Luego, se sumó una segunda denuncia por parte de RPQ, madre de una adolescente, que denunció que su hija “comenzó a recibir mensajes de whatsapp de un número desconocido, el que luego bloqueó porque se trataba de un hombre mayor al cual no conocía y a eso lo compartió mediante captura de pantalla en un grupo familiar que tenemos en esa aplicación”.

La primera denuncia abrió la causa, que dice: “Conforme denuncia de los ciudadanos MS y AN, progenitores de la menor de tres años de edad (el 4 de julio cumplió 4 años) GN, nacida el día 4/7/2016, se le imputa al ciudadano César Roberto Cepeda, que durante el transcurso del período de aislamiento obligatorio decretado a nivel nacional (cuarentena), aprovechando la circunstancia de que la denunciante dejaba a sus hijas menores de edad (G y C, de tres y seis años respectivamente) al cuidado tanto de su hermana SS como del encartado Cepeda, en el domicilio que estos habitan en calle Eduardo Mongeloz (…) de la ciudad de Lucas González, en el horario de 13 a 16 hs. o 20 a 22 hs., dependiendo la demanda laboral de la madre de las menores, como así también en otros horarios donde la menor se quedaba en la casa de ellos en virtud de la relación de parentesco que los une, el incurso, valiéndose de la relación de confianza y rol que tenía respecto de la menor de tres años GN, en reiteradas oportunidades le dio besos en la boca y tocó por debajo de la ropa”.

Desde que se abrió la investigación penal en su contra, Cepeda cumplió arresto domiciliario.

Pero el 19 de septiembre de 2020, el juez Derudi, integrante del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú, dejó sin efecto una resolución que había adoptado el jueves 10 de ese mes el juez de Transición y Garantías de Nogoyá, Gustavo Acosta, que había prorrogado por 10 días la detención de Cepeda en la Jefatura Departamental de Nogoyá, medida que se había resuelto tras la presentación de la segunda denuncia por abuso.

Hasta entonces, el hombre cumplía la prisión preventiva en una quinta de la zona de Crucesitas Tercera, próxima a Lucas González. El 31 de agosto del año último, el juez Acosta lo había mandado a la Jefatura de Policía y había prohibido todo contacto de Cepeda con su esposa. Esa medida fue luego prorrogada. Pero tras la apelación del defensor Walter Martínez, un tribunal de alzada de Gualeguaychú dejó sin efecto el arresto en una dependencia de la Policía: de ese modo, Cepeda volvió a cumplir su arresto en una propiedad rural de Crucesitas Tercera, a 40 kilómetros de Lucas González.

Este lunes, tras una nueva apelación de su abogado defensor, el juez Derudi dejó sin efecto una resolución de su colega de Nogoyá y dispuso la libertad, después de un año de detención, de Cepeda, profesor de la Escuela Municipal de Voley Femenino en Lucas González y miembro de la Comisión de Padres del Colegio Castro Barros.

Mediadas de restricción

No obstante, le impuso, durante un plazo de 90 días, las siguientes medidas de restricción:

– La prohibición de acercamiento a quienes aparecen como víctimas de los hechos investigados como así también a los progenitores de las mismas, en un radio no menor a los 200 metros.

– La prohibición de mantener cualquier tipo de contacto y de ejercer actos molestos o perturbadores de la tranquilidad, por cualquier vía o medio, tanto por sí como por interpósita persona, respecto de las menores que aparecen como víctimas de los hechos investigados, en relación a sus progenitores, como así también a las demás personas que revisten calidad de testigos.

– La prohibición de ingreso a la localidad de Lucas González.

– La obligación de concurrir semanalmente a la comisaría más cercana a su domicilio, a fin de dar cuenta de su comparendo.

– La prohibición de salir del departamento Nogoyá, de la Provincia y del país sin autorización judicial.

Fuente: Entre Ríos Ahora

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