Amparo ambiental: declaran la inconstitucionalidad de artículos sobre uso de agroquímicos
En el marco del legajo “Rosso, Ximena C/ Haberkorn, César Gabriel, Roskopf, Sonia, Superior Gobierno de la provincia de Entre Ríos y Comuna Colonia Ensayo S/ Acción de Amparo Ambiental” (Expte. nº 1869)”, el vocal de la Sala Segunda de la Cámara Tercera Laboral, Emilio Luján Mattoras resolvió hacer parcialmente lugar al amparo y consecuentemente decretar la inconstitucionalidad de resoluciones de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios y Recursos Naturales de la provincia de Entre Ríos.
En ese sentido, las normas declaradas inconstitucionales son siguientes: resolución N° 47/04, su artículo 2° cuando reza: “Limitar el uso de agroquímicos en lugares próximos a caseríos lindantes a lotes de uso productivo, a una distancia de 50 metros”; y de la resolución N° 49/04, su artículo 1° cuando reza: “Suspender las aplicaciones terrestres en una distancia de seguridad establecida en 50 m. entre el límite del cultivo tratado y el curso de agua permanente”, y su artículo 2° cuando reza: “Si en las proximidades de los lotes a tratar, existieran casas, cursos de agua permanentes o laguna, la aplicación aérea de plaguicidas deberá suspenderse en una distancia de seguridad de 100 m. entre la vivienda y el curso de agua y/o el cultivo”.
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