ADECEN: El fallo del STJ en la demanda a ENERSA es claramente político (Audio entrevista al Dr. Raúl Muñoz)

La Asociación de defensa al consumidor de Entre Ríos demandó a ENERSA por un aumento indebido de tarifas en 2016, pero la justicia falló en contra

Demanda de ADECEN (Asociación de defensa al consumidor de Entre Ríos) :

Tras una avalancha de amparos particulares en el año 2016 por un voraz aumento de la tarifa eléctrica, que no fue publicado en el Boletín Oficial, ADECEN tomó la decisión de presentar un amparo colectivo en el ámbito Civil y Comercial contra la distribuidora Enersa para que se declare “la nulidad o ilegitimidad de los incrementos de tarifa registrados entre el 1/1/2016 al 31/10/2016” por cuanto esos aumentos no cumplieron con una cláusula prevista en la Ley de Marco Regulatorio Eléctrico: su publicación en el Boletín Oficial.

La jueza Silvina Rufanacht, titular del Juzgado Civil y Comercial N° 6, de Paraná, dictó un primer fallo favorable a Adecen el 6 de agosto de 2021.

Enersa y la Fiscalía de Estado apelaron esa resolución, pero la Sala Segunda de la Cámara Civil y Comercial de Paraná confirmó lo resuelto.

El caso llegó al STJ con un recurso de inaplicabilidad de ley planteado por la Fiscalía de Estado. Planteó la excepción de litis pendencia, esto es que hay un juicio pendiente por el mismo tema que se tramita en la Cámara en lo Contencioso Administrativo. En su dictamen, el Procurador General Jorge Amílcar Luciano García opinó que debía hacerse lugar al recurso de inaplicabilidad de ley planteado por el Estado Provincial, revocarse el fallo impugnado admitiéndose las excepciones planteadas y rechazarse la acción interpuesta.

Dijo el Procurador que en este caso “existe litispendencia y que el derecho de fondo aplicable a la solución del presente, es el Marco Regulatorio Eléctrico Provincial, Ley Nº 8916, decreto reglamentario y Contrato de Concesión de la Distribuidora de Electricidad en la Provincia, poniendo de relieve la deficiente y errónea integración de la litis dado que el ente emisor de las resoluciones cuya legitimidad se cuestiona (Ente Provincial Regulador de la Energía de Entre Ríos) no ha sido convocado al proceso”.

Palabras más, palabras menos:

La defensa oficial determinó que el amparo no era la vía para establecer reclamos y que debía irse por la Justicia Ordinaria.

A todas luces, esta decisión buscaba la dilación de la resolución, que podría tomar muchos años, evidenciando que la decisión oficial se tomó ante la necesidad de la defensa de impedir una resolución oficial cuasi inmediata.

La Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia (STJ) dictó una resolución que se convirtió en un gran alivio para el Estado provincial y, fundamentalmente, para la distribuidora Energía Entre Ríos SA (Enersa): frenó los efectos de dos fallos que habían condenado a la devolución a los usuarios del servicio eléctrico de un aumento del 136% dispuesto en 2016, y que según la demanda que inició la Asociación de Defensa de Consumidores Entrerrianos (Adecen) se había aplicado de modo irregular y sin cumplir la legislación vigente.


El Dr. Raúl Muñoz, abogado de ADECEN, nos cuenta en detalle los pormenores de la demanda.

Fuente: FM del Este 100.5

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