Cobro de Tasas en Facturas de Servicios Públicos: Qué Hacer si el Municipio Continúa Cobrando Tasas en las Boletas
La normativa establece que las facturas de servicios públicos deben reflejar únicamente el costo del bien o servicio contratado. Así, conceptos como “alumbrado, barrido y limpieza” ya no pueden incluirse en las boletas de electricidad u otros servicios esenciales.
En el marco de una serie de imputaciones a empresas por incluir tasas municipales en las facturas de servicios públicos, el gobierno nacional ha anunciado la prohibición de esta práctica a través de la resolución 267/2024. Esta medida afecta a empresas de distintas provincias, incluida Entre Ríos, y en particular a la ciudad de Chajarí, donde los consumidores ahora tienen derecho a exigir la eliminación de estos cargos en sus boletas.
La normativa establece que las facturas de servicios públicos deben reflejar únicamente el costo del bien o servicio contratado. Así, conceptos como “alumbrado, barrido y limpieza” ya no pueden incluirse en las boletas de electricidad u otros servicios esenciales.
Empresas Imputadas en Entre Ríos y Chajarí
Entre las empresas imputadas en la provincia de Entre Ríos, se encuentra ENERSA, que presta servicios en Chajarí y otras localidades. La imputación se da por incluir conceptos adicionales ajenos al contrato de consumo, vulnerando los derechos de los consumidores y las disposiciones de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.
Cómo Realizar un Reclamo en Chajarí
Si en Chajarí recibes una factura de servicios que incluye tasas municipales, puedes realizar un reclamo para que se elimine este cobro. La Secretaría de Industria y Comercio habilitó un canal de denuncias para que los consumidores reporten estas irregularidades. Aquí te explicamos cómo proceder:
- Revisa tu Factura: Verifica si en la factura de servicios se incluye algún concepto de tasas municipales o cargos adicionales no relacionados directamente con el servicio.
- Envía una Denuncia: Puedes enviar un correo a denunciatufactura@comercio.gob.ar, adjuntando una copia de la factura y detallando los cargos que consideras indebidos. Este canal fue habilitado específicamente para recibir estos reportes.
- Presenta una Queja en Defensa del Consumidor: Otra opción es dirigirte a la Oficina de Defensa del Consumidor más cercana para presentar tu queja formalmente. Esta entidad está obligada a recibir denuncias relacionadas con la inclusión de cargos ilegales en las facturas de servicios.
- Plazo para el Descargo de las Empresas: Las empresas imputadas tienen cinco días hábiles para responder ante la Secretaría de Industria y Comercio. Si no cumplen con la norma, podrían recibir sanciones, con multas que podrían llegar hasta los 2,130 millones de pesos.

Importancia de los Reclamos
La resolución tiene como objetivo proteger a los consumidores y garantizar que solo se cobre por los servicios efectivamente prestados. Las tasas municipales deben cobrarse de forma independiente y no en las facturas de servicios públicos, según la normativa. Los municipios, por su parte, han manifestado su desacuerdo, argumentando que esta práctica es una fuente de ingresos para financiar servicios básicos en la comunidad.
Sin embargo, en Chajarí y otras localidades, esta práctica ya no está permitida, y los vecinos tienen derecho a reclamar la eliminación de estos conceptos de sus facturas.
La Ley 24.240 y la resolución 267/2024 amparan a los consumidores para evitar estos cargos adicionales y preservar sus derechos frente a prácticas comerciales indebidas.
Imputaciones
Se imputaron empresas de la ciudad de Buenos Aires y de las provincias de Buenos Aires, Misiones, San Juan, Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba, Santa Cruz, Chubut, Chaco, Jujuy, Neuquén, Río Negro, Mendoza, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán.
244 expedientes abiertos
La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía imputó a 95 empresas por haber incluido en las facturas tasas o cargos ajenos al contrato entre el proveedor y el consumidor. Se abrieron 244 expedientes vinculados a las imputaciones, uno por cada localidad donde las empresas incumplieron la norma.
1731330002pdf
Las actuaciones corresponden a facturas con vencimiento posterior al 11 de octubre, cuando entró en vigencia la resolución 267/2024, que determinó la prohibición de incluir en las facturas conceptos indebidos.

La norma había establecido que ya no se pueden incluir tasas como alumbrado, barrido y vigilancia en las facturas de proveedores de servicios públicos. “La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor”, indica la resolución.
FM del Este 100.5

Ir a:






