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Contaminación del río Gualeguaychú: una denuncia judicial pone bajo la lupa al Parque Industrial y a los organismos de control

Contaminación del río Gualeguaychú: una denuncia judicial pone bajo la lupa al Parque Industrial y a los organismos de control

Ricardo Luciano

Metales pesados y efluentes fuera de norma: ¿que controles se hacen de lo que llega al río Gualeguaychú desde el Parque Industrial?

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La investigación judicial, iniciada en julio de 2025, ya involucra a integrantes de la entidad encargada de administrar la planta y a representantes de las industrias.

El abogado Ricardo Luciano sostiene que la planta de tratamiento de efluentes del Parque Industrial de Gualeguaychú permaneció fuera de funcionamiento durante meses y que distintos análisis detectaron elevados niveles de materia orgánica, bacterias y metales pesados.


Escuchá la entrevista al Dr. Ricardo Luciano en “El Despertador”


La contaminación del río Gualeguaychú volvió a quedar en el centro de una investigación judicial a partir de una denuncia presentada por el abogado Ricardo Luciano, quien sostiene que durante meses no funcionó correctamente la planta de tratamiento de efluentes líquidos del Parque Industrial de Gualeguaychú y que los controles previstos por la normativa no se habrían realizado, o al menos no se encontrarían incorporados al expediente en la forma exigida.

La denuncia fue presentada el 11 de julio de 2025, después de que el Foro Ambiental de Gualeguaychú hiciera pública, en junio de ese año, una situación que Luciano consideró particularmente grave: el presunto funcionamiento deficiente de la planta de tratamiento de efluentes líquidos del Parque Industrial. Al tratarse de residuos que, según el denunciante, pueden quedar comprendidos dentro de la Ley Nacional 24.051 de Residuos Peligrosos, la causa quedó radicada en el ámbito de la Justicia Federal.

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De acuerdo con lo relatado por Luciano durante la entrevista, el sistema de tratamiento está compuesto por unidades de tratamiento correspondientes a las distintas industrias, cuyos efluentes confluyen posteriormente en una planta de mayor capacidad administrada por la Corporación del Desarrollo de Gualeguaychú (CODEGU), junto con una comisión integrada por representantes del sector industrial.

El punto central de la denuncia está precisamente en ese sistema de control. Luciano afirma que la planta principal no funcionaba desde noviembre de 2024 y que, pese a esa situación, no se habrían adoptado las medidas necesarias para corregir el problema. A partir de la investigación judicial se realizaron distintos procedimientos de toma de muestras para analizar tanto los líquidos que ingresaban a la planta como aquellos que salían de ella antes de su vuelco al río Gualeguaychú.

Según el abogado, los resultados obtenidos fueron preocupantes. En distintos muestreos se detectaron metales pesados en la salida de la planta general y, de acuerdo con la información incorporada al expediente que dice conocer por su condición de denunciante, algunos de esos mismos elementos también aparecieron en muestras correspondientes a determinadas plantas industriales. Luciano aclaró expresamente que no identifica a esas empresas porque, hasta el momento de la entrevista, no existían imputaciones dirigidas contra ellas y hacerlo implicaría formular una acusación que, según explicó, no está respaldada todavía por la situación procesal de la causa.

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Una investigación que ya alcanza a responsables de la administración

La causa, según el relato de Luciano, tiene varios miles de fojas y comprende a más de treinta personas entre imputados y sospechados. Entre quienes fueron llamados a prestar declaración indagatoria se encuentran integrantes de la comisión directiva de la CODEGU y representantes de la comisión vinculada con las industrias que participa en la administración y fiscalización del sistema.

El abogado sostiene que esta circunstancia adquiere especial relevancia porque la normativa sobre residuos peligrosos establece mecanismos específicos para controlar los efluentes industriales. Según explicó, deben realizarse periódicamente muestras de los líquidos que ingresan a la planta y de aquellos que salen de ella, con un protocolo destinado a garantizar la trazabilidad de los resultados. En la entrevista señaló que esos controles debían efectuarse cada quince días y que los registros debían conservarse durante todo el período de funcionamiento de la planta y aun después de su eventual cierre.

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Para Luciano, la ausencia de esos registros o la falta de controles constituye uno de los aspectos centrales que debe esclarecer la investigación. La cuestión no se limita, según su planteo, a determinar qué sustancias llegaron al río, sino también a establecer quién tenía la obligación de controlar el funcionamiento del sistema, qué controles fueron efectivamente realizados y qué ocurrió con la información que debía quedar documentada.



Los análisis: DBO, DQO, bacterias y metales pesados

Los datos publicados por Máxima Online y mencionados por Luciano permiten dimensionar el problema a partir de diferentes análisis realizados entre agosto de 2025 y junio de 2026.

En agosto de 2025, según el informe difundido por el abogado, una muestra del río Gualeguaychú presentó una demanda biológica de oxígeno (DBO) de 488 miligramos por litro, frente a un máximo reglamentario de 50 mg/L. La demanda química de oxígeno (DQO) alcanzó 908 mg/L, mientras que el valor máximo consignado en el informe es de 100 mg/L. También se detectaron 46.000 NMP/100 ml de coliformes termotolerantes, frente a un máximo reglamentario de 5.000, además de presencia de Escherichia coli. En esa misma serie de análisis se informó una concentración de plomo de 0,067 mg/L, frente a un máximo indicado de 0,007 mg/L.

En noviembre de 2025, el análisis realizado sobre aguas de la planta del Parque Industrial registró una DBO de 752 mg/L, nuevamente por encima del máximo de 50 mg/L consignado en el informe. En esa oportunidad se informaron además 240.000 NMP/100 ml de coliformes termotolerantes, frente a un máximo de 5.000, junto con presencia de Escherichia coli.

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Los resultados correspondientes a junio de 2026 incorporan otro conjunto de parámetros. Las muestras fueron tomadas por la Subsecretaría de Ambiente municipal ante un posible vertido procedente de la planta de tratamiento, en la zona de Los Cedros y Las Magnolias, en el ingreso al barrio Don Pedro, y fueron analizadas en laboratorios de la UNER local, según la publicación de Máxima Online.

En esas muestras se detectaron 54.500 UFC/100 ml de coliformes termotolerantes, cuando el máximo indicado era de 5.000, y 19.759 UFC/100 ml de Escherichia coli, frente a un valor máximo de 50.

También se registraron concentraciones elevadas de distintos metales: 1,164 mg/L de aluminio, frente a 0,005 mg/L; 0,095 mg/L de cromo, frente a 0,002 mg/L; 0,012 mg/L de cobre, frente a 0,002 mg/L; 0,065 mg/L de plata, frente a 0,0001 mg/L; 0,022 mg/L de selenio, frente a 0,001 mg/L; y 0,033 mg/L de zinc, frente a un máximo de 0,03 mg/L.

Luciano destacó especialmente la presencia de estos elementos porque algunos presentan riesgos reconocidos cuando la exposición alcanza determinadas concentraciones o se prolonga en el tiempo. En el informe publicado por Máxima Online se menciona al cromo hexavalente como carcinógeno humano, mientras que también se describen efectos asociados a la exposición elevada o crónica a aluminio, cobre, selenio, zinc y plata.

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En este punto, sin embargo, resulta fundamental diferenciar la existencia de determinados contaminantes en una muestra de la demostración de un daño sanitario concreto. El propio Luciano señaló durante la entrevista que para atribuir una enfermedad determinada a la contaminación es necesario establecer el correspondiente nexo causal. La presencia de un contaminante, por sí sola, no permite concluir que una enfermedad específica de una persona haya sido provocada por ese contaminante.

El problema no termina en el Parque Industrial

Otro de los ejes de la entrevista fue la responsabilidad de los organismos encargados de controlar el cumplimiento de las normas ambientales.

Luciano cuestionó tanto a los organismos provinciales como a la estructura municipal de control y sostuvo que la situación no puede analizarse exclusivamente desde la conducta de las empresas. Su planteo apunta a determinar qué hicieron las autoridades que tenían la obligación de controlar la planta, qué información obtuvieron, qué medidas adoptaron ante eventuales incumplimientos y si existieron mecanismos adecuados para prevenir que los efluentes llegaran al río.

El abogado también cuestionó el papel de la CODEGU, en tanto entidad vinculada a la administración del Parque Industrial y de su sistema de tratamiento. Según explicó, quienes integran los órganos responsables de esa administración fueron alcanzados por la investigación judicial.

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La discusión adquiere una dimensión todavía mayor por la relación entre el río Gualeguaychú y el río Uruguay. Durante la entrevista, Luciano sostuvo que los contaminantes detectados en las muestras del Parque Industrial también aparecen en análisis realizados en la desembocadura del río Gualeguaychú sobre el Uruguay. Mencionó en particular informes de la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) y sostuvo que existen mediciones realizadas en distintos laboratorios, aunque remarcó que todavía debe establecerse judicialmente el nexo causal entre una fuente determinada y la contaminación detectada aguas abajo.

Según los datos que expuso, en análisis correspondientes a 2023 se habrían registrado numerosos incumplimientos de los parámetros establecidos para distintos elementos en la zona de la desembocadura. Luciano mencionó particularmente el aluminio, además de cromo, plomo, hierro y otros metales. Estos datos forman parte de su argumentación y deberán ser evaluados junto con la totalidad de la evidencia incorporada a la investigación.

La salud pública como cuestión que exige evidencia

Uno de los aspectos más sensibles de la entrevista fue la relación entre contaminación ambiental y salud. Luciano hizo referencia a enfermedades que, según los informes que cita, pueden estar relacionadas con la exposición a determinados contaminantes. También mencionó casos de personas que padecen enfermedades sin antecedentes que permitan explicar inmediatamente su origen.

En este terreno, la propia investigación judicial enfrenta uno de sus principales desafíos: determinar si existe una relación concreta entre los contaminantes identificados, las fuentes de emisión y eventuales daños sobre la salud de la población.

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El abogado sostuvo que el daño ambiental puede manifestarse en el presente, pero también generar consecuencias posteriores y difíciles de determinar. Por esa razón insistió en la importancia de conservar los protocolos de análisis y toda la documentación relacionada con el funcionamiento de las plantas de tratamiento.

La discusión no se limita, por lo tanto, a saber si en una determinada muestra apareció un metal pesado por encima del parámetro establecido. También implica reconstruir durante cuánto tiempo ocurrió, de dónde provino, cómo ingresó al sistema hídrico, qué cantidad alcanzó el ambiente, qué controles existieron y cuáles fueron las medidas adoptadas por las autoridades responsables.

Una causa que continúa abierta

La denuncia de Luciano permanece bajo investigación. Según explicó en la entrevista, el expediente ya produjo numerosas medidas de prueba y amplió progresivamente la cantidad de personas alcanzadas por la investigación. También indicó que solicitó nuevas imputaciones y declaraciones indagatorias, algunas de las cuales permanecían pendientes al momento de la entrevista.

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La situación procesal es relevante porque una denuncia, aun cuando esté respaldada por análisis ambientales y otros elementos de prueba, no equivale a una condena ni determina por sí misma la responsabilidad penal de las personas involucradas. Será la investigación judicial la que deberá establecer si existieron delitos, quiénes fueron responsables, qué conductas concretas se les pueden atribuir y cuál fue el vínculo entre esas conductas y el daño ambiental investigado.

Mientras tanto, los resultados de los análisis plantean una cuestión que excede las posiciones políticas, empresariales o ambientalistas: quién debe garantizar que los efluentes industriales sean tratados antes de llegar al río y qué ocurre cuando los mecanismos de control fallan.

El reclamo de Luciano se resume en una expresión que eligió para titular su segundo informe y que volvió a sostener durante la entrevista: “El silencio no es salud, el silencio mata”. Detrás de esa frase hay una discusión mucho más concreta que deberá resolverse con documentación, controles, análisis científicos y decisiones judiciales: determinar qué ocurrió con los efluentes del Parque Industrial de Gualeguaychú, quién debía impedir que los contaminantes llegaran al río y qué responsabilidad corresponde atribuir a cada uno de los actores involucrados.

FM del Este 100.5

 

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